A- de 2021
Ponente Alejandro Linares Cantillo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Competencia de la Corte constitucional para dirimir conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Consejo Seccional de la Judicatura del Cesar y el Consejo Seccional de la Judicatura de Santander.
La presente controversia se trata de un conflicto de competencia entre dos autoridades judiciales homólogas de distintos distritos judiciales del país, que tienen competencia para conocer de asuntos disciplinarios, por lo que no se trata de un conflicto entre distintas jurisdicciones, como requisito del cual depende el ejercicio de la atribución otorgada a la Corte Constitucional en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución.
Tras aclarar que las autoridades enfrentadas, en desarrollo del parágrafo transitorio del artículo 19 del Acto Legislativo 02 de 2015, se transformaron en el mismo ámbito territorial en las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial, la Corte estimó necesario adoptar una decisión INHIBITORIA y ordenar el envío del expediente a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, para que de manera inmediata dirima el conflicto de competencia planteado y comunique la presente decisión a los interesados en dicho trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia suscitada entre el Consejo Seccional de la Judicatura del Cesar y el Consejo Seccional de la Judicatura de Santander (hoy en dia Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial), en relacion con la competencia para conocer de la queja disciplinaria instauradas por el abogado Gustavo Galvis Barrera en contra de sus colegas Jaime Alejandro Galvis Gamboa y Paola Bibiana Giraldo Aponte.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-672 a la Comision Nacional de Disciplina Judicial, para que (i) proceda de manera inmediata a dirimir el conflicto de competencia entre el Consejo Seccional de la Judicatura del Cesar y el Consejo Seccional de la Judicatura de Santander (hoy en dia Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial) y, a su vez, (ii) comunique la presente decision a los interesados en este tramite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.